Sede oficial de los ministros extranjeros denominados embajadores designados para tratar negocios internacionales con un gobierno extranjero. Cuando tales sedes son para los ministros designados principalmente para inspeccionar y proteger los intereses económicos del propio país e un país anfitrión, empléese "consulado". Para las residencias oficiales de los ministros extranjero en general, empléese "legación".